¿Qué impuestos pagan los expatriados que regresan a España?
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¿Qué impuestos pagan los expatriados que regresan a España?

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¿Qué impuestos pagan los expatriados que regresan a España?

El regreso a España después de haber trabajado en el extranjero como expatriado puede ser un proceso emocionante, pero también conlleva importantes consideraciones fiscales. Los expatriados que regresan a España deben estar al tanto de las obligaciones tributarias que les esperan y cómo pueden afectar su situación financiera. En este artículo, exploraremos en detalle los impuestos que deben pagar los expatriados al regresar a territorio español, así como las implicaciones fiscales y las posibles ventajas que pueden aprovechar.

Residencia fiscal en España

Antes de adentrarnos en los impuestos específicos, es fundamental comprender el concepto de residencia fiscal en España. La residencia fiscal determina en gran medida las obligaciones tributarias de una persona.

Criterios para ser considerado residente fiscal

En España, se considera que una persona es residente fiscal si cumple al menos uno de los siguientes criterios:

  • Permanece más de 183 días en territorio español durante un año natural.
  • Tiene en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos.
  • Su cónyuge e hijos menores de edad residen habitualmente en España.

Es importante tener en cuenta que estos criterios se aplican independientemente de la nacionalidad de la persona. Por lo tanto, un expatriado que regresa a España y cumple con alguno de estos requisitos será considerado residente fiscal y deberá tributar por su renta mundial.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El IRPF es el principal impuesto que afecta a los expatriados que regresan a España. Este impuesto grava la renta obtenida por las personas físicas residentes en España, independientemente de dónde se haya generado dicha renta.

Tributación por renta mundial

Los residentes fiscales en España están obligados a declarar y tributar por todas sus rentas mundiales, es decir, por los ingresos obtenidos tanto en España como en el extranjero. Esto incluye:

  • Rendimientos del trabajo
  • Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales
  • Rentas de actividades económicas

Es crucial que los expatriados que regresan a España sean conscientes de esta obligación y declaren todas sus rentas, independientemente de su origen.

Régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español

Existe un régimen fiscal especial conocido como «Ley Beckham» que puede resultar beneficioso para algunos expatriados que regresan a España. Este régimen permite a los trabajadores que se desplazan a territorio español optar por tributar como no residentes durante los primeros seis años de residencia en España, siempre que cumplan ciertos requisitos:

  • No haber sido residente fiscal en España durante los 10 años anteriores al desplazamiento.
  • El desplazamiento debe producirse como consecuencia de un contrato de trabajo.
  • Los trabajos deben realizarse efectivamente en España.
  • Los trabajos deben realizarse para una empresa o entidad residente en España o para un establecimiento permanente situado en España de una entidad no residente.

Este régimen puede suponer una importante ventaja fiscal, ya que permite tributar a un tipo fijo del 24% sobre las rentas obtenidas en España hasta los primeros 600.000 euros, y del 45% para el exceso.

Impuesto sobre el Patrimonio

Otro impuesto que los expatriados deben tener en cuenta al regresar a España es el Impuesto sobre el Patrimonio. Este impuesto grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año.

Obligación de declarar

La obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio depende de dos factores:

  1. El valor de los bienes y derechos del contribuyente, que debe superar los 2.000.000 de euros.
  2. Cuando, no alcanzando dicho límite, el valor de los bienes y derechos supera los 700.000 euros (excluyendo la vivienda habitual hasta un valor máximo de 300.000 euros).

Es importante destacar que este impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que los límites y las bonificaciones pueden variar según la región en la que se establezca la residencia.

Bienes y derechos en el extranjero

Los expatriados que regresan a España deben declarar también sus bienes y derechos situados en el extranjero. Esto incluye cuentas bancarias, inmuebles, acciones y otros activos financieros. La no declaración o la declaración incorrecta de estos bienes puede conllevar importantes sanciones.

Modelo 720: Declaración de bienes y derechos en el extranjero

Además de los impuestos mencionados, los expatriados que regresan a España deben prestar especial atención al Modelo 720, que es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Obligación de presentar el Modelo 720

Están obligados a presentar esta declaración los residentes fiscales en España que posean bienes o derechos en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros en cada una de las siguientes categorías:

  • Cuentas en entidades financieras
  • Valores, derechos, seguros y rentas
  • Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos

La presentación del Modelo 720 es una obligación meramente informativa, pero su incumplimiento puede acarrear graves consecuencias, incluyendo multas significativas y la posibilidad de que Hacienda considere estos bienes como ganancias patrimoniales no justificadas.

Convenios de doble imposición

Para evitar que los expatriados que regresan a España tengan que pagar impuestos dos veces por la misma renta, España ha firmado convenios de doble imposición con numerosos países.

Funcionamiento de los convenios

Estos convenios establecen mecanismos para evitar la doble imposición, que pueden incluir:

  • Exención: Algunas rentas pueden quedar exentas de tributación en uno de los países.
  • Imputación: Se permite deducir en un país el impuesto pagado en el otro.
  • Reducción de tipos impositivos: Para ciertos tipos de rentas.

Es fundamental que los expatriados consulten el convenio específico entre España y el país donde han estado trabajando para entender cómo afectará a su situación fiscal particular.

Planificación fiscal para expatriados que regresan

Dada la complejidad de la situación fiscal de los expatriados que regresan a España, es crucial realizar una planificación fiscal adecuada. Algunas estrategias a considerar incluyen:

Timing del regreso

El momento del regreso puede tener un impacto significativo en las obligaciones fiscales. Por ejemplo, regresar a finales de año podría evitar ser considerado residente fiscal ese año si no se superan los 183 días de permanencia.

Asesoramiento profesional

Contar con el asesoramiento de un profesional fiscal especializado en expatriados puede ser crucial para optimizar la situación fiscal y evitar errores costosos.

Regularización de la situación patrimonial

Antes del regreso, es recomendable revisar y regularizar la situación patrimonial, especialmente en relación con los bienes y derechos en el extranjero que deberán ser declarados en el Modelo 720.

Implicaciones fiscales específicas según el país de procedencia

Las implicaciones fiscales para los expatriados que regresan a España pueden variar significativamente dependiendo del país de procedencia. Algunos aspectos a considerar son:

Países de la Unión Europea

Los expatriados que regresan de países de la UE pueden beneficiarse de ciertas ventajas fiscales y de la libre circulación de capitales. Sin embargo, deben estar atentos a las diferencias en los sistemas fiscales y a las posibles obligaciones de información entre países.

Países con convenios de doble imposición

Para aquellos que regresan de países con los que España tiene convenios de doble imposición, es fundamental entender cómo se aplican estos convenios a su situación particular para evitar la doble tributación.

Paraísos fiscales

Los expatriados que regresan de países considerados paraísos fiscales por la legislación española pueden enfrentarse a un escrutinio adicional por parte de las autoridades fiscales y a posibles implicaciones negativas en términos de tributación.

Conclusión

El retorno a España después de una etapa como expatriado implica una serie de consideraciones fiscales que requieren atención y planificación. Los principales impuestos a tener en cuenta son el IRPF, que grava la renta mundial de los residentes fiscales, y el Impuesto sobre el Patrimonio. Además, la obligación de presentar el Modelo 720 para declarar bienes y derechos en el extranjero es un aspecto crucial que no debe pasarse por alto.

Los expatriados que regresan pueden beneficiarse de regímenes especiales como la «Ley Beckham» y de los convenios de doble imposición, pero es fundamental realizar una planificación fiscal adecuada y contar con asesoramiento profesional para optimizar la situación fiscal y cumplir con todas las obligaciones tributarias.

En definitiva, el conocimiento de las obligaciones fiscales y una buena planificación pueden hacer que el regreso a España sea una experiencia mucho más llevadera desde el punto de vista financiero y legal. Los expatriados deben estar preparados para afrontar estos desafíos fiscales y aprovechar las oportunidades que ofrece el sistema tributario español.

Preguntas frecuentes (FAQs)

1. ¿Cuánto tiempo puedo estar en España sin ser considerado residente fiscal?

Puede permanecer en España hasta 183 días en un año natural sin ser considerado residente fiscal. Sin embargo, tenga en cuenta que estos días no tienen que ser consecutivos y que existen otros criterios que pueden determinar la residencia fiscal, como tener en España el núcleo principal de sus intereses económicos.

2. ¿Puedo acogerme al régimen especial de trabajadores desplazados si ya he sido residente fiscal en España anteriormente?

Para acogerse al régimen especial de trabajadores desplazados (Ley Beckham), no debe haber sido residente fiscal en España durante los 10 años anteriores al desplazamiento. Si ha sido residente fiscal en España en ese período, no podrá beneficiarse de este régimen.

3. ¿Qué ocurre si no declaro mis bienes en el extranjero en el Modelo 720?

No declarar o declarar de forma incompleta los bienes y derechos en el extranjero en el Modelo 720 puede conllevar graves sanciones. Hacienda podría considerar estos bienes como ganancias patrimoniales no justificadas, lo que implicaría su imputación en el período impositivo más antiguo entre los no prescritos, además de multas que pueden ser muy elevadas.

4. ¿Cómo afectan los convenios de doble imposición a mis ingresos obtenidos en el extranjero?

Los convenios de doble imposición establecen mecanismos para evitar que tenga que pagar impuestos dos veces por la misma renta. Dependiendo del convenio específico y del tipo de ingreso, puede beneficiarse de exenciones, deducciones o reducciones en los tipos impositivos. Es importante consultar el convenio concreto entre España y el país donde ha obtenido los ingresos para determinar su tratamiento fiscal.

5. ¿Puedo mantener mis inversiones en el extranjero al regresar a España?

Sí, puede mantener sus inversiones en el extranjero al regresar a España. Sin embargo, deberá declararlas tanto en su declaración de IRPF (por los rendimientos que generen) como en el Modelo 720 si superan los límites establecidos. Además, dependiendo del tipo y valor de las inversiones, podrían estar sujetas al Impuesto sobre el Patrimonio. Es recomendable analizar cada caso específico para optimizar la situación fiscal.

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